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miércoles, 29 de octubre de 2014

El servicio de atención a los afectados por cláusula suelo recibe más de 600 llamadas en Toledo


El servicio de atención a los afectados por las cláusulas suelo puesto en marcha por el Consistorio de Toledo, ha recibido un total de 601 llamadas telefónicas según ha informado el concejal de Vivienda en el Ayuntamiento de Toledo, Javier Nicolás.
Javier Nicolás

El concejal ha querido mostrar su satisfacción por el buen funcionamiento de este servicio puesto que se han recibido 601 llamadas con las que se han atendido dudas y 103 de estas llamadas han desembocado en la redacción de cartas de reclamación.

Nicolás ha recordado que esta iniciativa se puso en marcha en el mes de febrero con el objetivo de orientar a los usuarios que consideran que, en sus hipotecas, se han producido abusos por parte de las entidades bancarias, indicándoles desde este servicio cuáles son los pasos que deben realizar para llevar a cabo sus reclamaciones en el ámbito previo a los recursos judiciales.

viernes, 24 de octubre de 2014

El consumidor debe comprender las consecuencias del contrato hipotecario que va a firmar


El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictó sentencia sobre cláusulas suelos en la que enmarca el control de transparencia de estas cláusulas en el control de abusividad.
Lo que quiere decir que los bancos deben permitir al consumidor comprender las consecuencias jurídicas y económicas del producto que se le ha ofertado.

El juez del caso consideró abusiva la cláusula del contrato por la falta de reciprocidad en perjuicio del consumidor ya que no se estableció ninguna cláusula que protegiera al consumidor ante las subidas del tipo de interés y le pudiera compensar del riesgo que supone no aplicarle las bajadas del interés por debajo del tipo estipulado en la cláusula suelo.

La sentencia del TS

En dicha sentencia se denuncia la infracción del artículo 1 LCGC, la de los artículos 80 y 82 TR-LGDCU de 2007 y del 8.2 LCGC ante la falta de reciprocidad que compense la limitación derivada de la cláusula suelo y la ausencia de buena fe en el comportamiento llevado a cabo por la entidad bancaria antes de la firma del contrato.

jueves, 16 de octubre de 2014

Los jueces españoles están obligados a anular cláusulas abusivas en desahucios

Segun la justicia europea, los jueces españoles están obligados a anular las cláusulas abusivas en desahucios. 

Nils Wahl, abogado general del Tribunal de Justicia de la Union Europea, ha dictaminado esta misma mañana que los jueces españoles están obligados a anular las cláusulas abusivas de las hipotecas cuando tramiten un procedimiento de desahucio, segun la legislacion comunitaria.

En esta sentencia se señala que la directiva sobre proteccion de consumidores "obliga a los jueces nacionales a dejar sin aplicacion una cláusula contractual abusiva, de modo que esta no produzca efectos vinculantes para el consumidor". Pero esta norma "no les faculta para modificar el contenido de dicha cláusula".

Por lo tanto, el contrato con un consumidor debe subsistir sin más modificaciones que las resultantes de haber suprimido dichas cláusulas.

El fallo niega que la anulacion de una cláusula de intereses moratorios abusiva pueda perjudicar a un consumidor prestatario, ya que priva al acreedor que se ha servido de una de estas cláusulas de la facultad de reclamar.

Noticia completa: http://www.europapress.es/nacional/noticia-justicia-europea-dice-jueces-espanoles-estan-obligados-anular-clausulas-abusivas-desahucios-20141016120235.html

miércoles, 15 de octubre de 2014

El Juzgado de Toledo anula la cláusula suelo

Se devolverán las cantidades asumidas como consecuencia de esta cláusula

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo dictó el mes pasado una sentencia que anula la cláusula suelo lo que obligará a CaixaBank a devolver todas las cantidades asumidas por esta cláusula.

Se declara nula la cláusula de ampliación del préstamo con garantía hipotecaria al considerarla abusiva ya que "desde la primera la división de tipo de interés, en ningún caso, el tipo de interés será inferior al 4,5%, ni superior al 15%".
Es por ello que se condena a la parte demandada a eliminar esta cláusula del contrato y, por tanto, a devolver las cantidades ya pagadas bajo la aplicación de dicha cláusula, además de las costas causadas. 
Son cientos los afectados por esta cláusula y que estaban pendientes de que se dictara una sentencia favorable. 
Desde Muñoz Perea Abogados se considera esta sentencia como favorable para todos los consumidores afectados y espera que se abra un camino de esperanza a todos ellos.